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Hoy asume Federico Sturzenegger.

Fue oficializado en Boletín Oficial, el acto será a las 18.

Después de varias semanas de demora, finalmente el Gobierno oficializó hoy el desembarco de Federico Sturzenegger como ministro de Desregulación y Transformación del Estado, una nueva cartera creada puntualmente para el hasta ahora asesor.

Sturzenegger, que jurará a las 18 ante Javier Milei, tendrá un total de 27 atribuciones, según el Decreto, que modifica la Ley de Ministerios. Sus funciones atraviesan casi toda la vida pública del país, apunta a desregularizar el sistema normativo vigente, y choca en varios puntos con las funciones de otros ministerios. Por eso, en buena parte de las funciones descritas se aclara que deberá hacerlo en coordinación con el área correspondiente.

Compete al MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a los cursos de acción para la implementación de la desregulación, reforma y modernización del Estado en miras a redimensionar y reducir el gasto público y aumentar la eficiencia y eficacia de los organismos que conforman la Administración Pública Nacional, la transformación de gestión, la simplificación del Estado, el diseño y ejecución de políticas relativas al empleo público”, señala el decreto en la descripción general de las funciones que tendrá la nueva cartera.

Sturzenegger, que deberá seguir “las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional”, deberá “entender, junto con las áreas competentes, en la formulación, elaboración y ejecución de la política nacional y los proyectos relacionados con la desregulación económica y reforma del Estado.

Además, tendrá entre sus atribuciones “la simplificación y reducción del Estado, con el objetivo de eliminar tareas innecesarias, duplicadas y/u obsoletas, con la intervención de las áreas competentes”, así como “la elaboración de políticas tendientes a aumentar la competitividad, eliminar cargas burocráticas, facilitar el funcionamiento de los mercados, impulsar el crédito, disminuir regulaciones y controles, aumentar la libertad económica y disminuir los costos del sector privado y productivo, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional”.

También podrá “impulsar las acciones necesarias para el dictado de actos administrativos que propicien la simplificación y/o supriman las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como aquellas exigencias normativas que distorsionen los precios de mercado, en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional”; “participar, junto con las áreas con competencia en la materia, en la revisión de esquemas tributarios, exenciones impositivas y regímenes especiales que generen privilegios o distorsiones en el funcionamiento de los mercados y la economía” e “impulsar, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, reformas estructurales que impulsen la creación de empleo privado, el desarrollo económico, la equiparación de las estructuras tributarias y la eliminación de los privilegios”.

Así, sus competencia va más allá de cuestiones meramente administrativas, y podrá promover cambios en materias fiscales e impositivas.

 

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